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Carne de BURRITOS?

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Según el Código Alimentario Argentino (CAA), la carne de burro no está expresamente habilitada para el consumo humano ni contemplada en sus definiciones de carnes comerciales. Su venta se considera ilegal al no figurar entre las especies permitidas y carecer de normativas para su faena.

Situación Legal: Al no estar contemplada en la normativa vigente, la comercialización de carne de burro en carnicerías es considerada ilegal.
Faena y Controles: La faena de asnos para consumo humano no cumple con las condiciones sanitarias estandarizadas ni los sellos de inspección requeridos por el CAA.

Antecedentes: Aunque existen experiencias piloto locales (como en Chubut) con permisos especiales para estudios, no existe una autorización nacional para su comercialización libre.
Diferencia con Equinos: Si bien la carne de caballo está autorizada, esta se destina principalmente a la exportación bajo controles estrictos, no al mercado interno generalizado, y no aplica por defecto a los burros.

En resumen, no existe regulación aprobada para el consumo de este producto, por lo que su comercialización está prohibida bajo el código sanitario nacional.

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